Derechos de inscripción
Derecho de ingreso
Los nuevos miembros deben pagar un derecho de ingreso único determinado por su categoría.
| Categoría del miembro | Importe en € |
|---|---|
| Empresas de lacado en continuo | 10.000 |
| Proveedores europeos de recubrimientos y pinturas | 10.000 |
| Otros miembros europeos | 5.000 |
| Entidad no europea asociada a una empresa en Europa que es miembro de la ECCA | 2.500 |
| Entidad no europea no asociada a una empresa en Europa que sea miembro de la ECCA | 10.000 |
Derechos anuales
Criterios que determinan el importe de los derechos anuales:
| Categoría del miembro | Criterios |
|---|---|
| Empresas de lacado en continuo y proveedores de pinturas europeos | Volumen de producción |
| Altri fornitori europei | Su actividad en la rama del lacado en continuo |
| Miembros no europeos | El derecho depende de su relación con un miembro europeo de la ECCA |
| Accionistas e institutos científicos y técnicos | Derecho especial |
Se factura un derecho de participación anual a los grupos industriales europeos, en función de la dimensión mundial del grupo.
El importe de los derechos de participación anuales se comunicará a quien lo solicite.
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